Ley N° 7975 Información no divulgada y su Reglamento
(concordado con normativa nacional e internacional, jurisprudencia administrativa, índice por artículos, índice general, índice analítico)
De antiguo los países de todas las latitudes, consideraron de suma importancia tutelar la materia de propiedad intelectual para proteger las producciones del talento humano y la propiedad inmaterial de su autor, inventor, diseñador o creador.
En nuestro país esa protección está plasmada en la legislación de fondo civil (artículo 275 del Código Civil) incluso como derecho con rango constitucional (artículo 47 de la Carta Magna). El resguardo de estos derechos es recurrente en tratados internacionales, ratificados o no por nuestro país, leyes especiales y sus reglamentaciones.
El estudio del derecho de “propiedad intelectual” en sus distintas clasificaciones (artículo 1.2 del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio), ofrece una gama disgregada en el ordenamiento costarricense.
El Registro de la Propiedad Intelectual forma parte del Registro Nacional, quien ha clasificado la materia registral relacionada con este tópico en dos grandes vertientes.
Por un lado, está el Registro de la Propiedad Industrial dentro del que se protege: Patentes de invención, Modelos de utilidad, Dibujos y modelos industriales, Marcas y otros signos distintivos, Marcas de ganado, Denominaciones de origen, Indicaciones geográficas, Trazados de circuitos integrados. Por otro lado, está el Registro de Derechos de Autor y Derechos Conexos donde se tutela: Derechos de autor, Derechos conexos. Con posterioridad, emergen otros derechos de propiedad intelectual acorde a las necesidades del tráfico mercantil o la protección de grupos culturales y/o comunitarios entre los que se encuentran: Obtenciones Vegetales, Información no divulgada, Competencia desleal, Derechos comunitarios y el Folklore.
El titular de esos derechos procura su amparo en sede registral o judicial bajo su ley de observancia (Ley No. 8039).
No existía, hasta ahora, en la literatura patria especializada, un código unificado o compilación de propiedad intelectual que llenara los requerimientos cotidianos y expectativas con insumos para su estudio integral por parte de los operadores jurídicos.
Esta es la génesis de esta Colección en Propiedad Intelectual.